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Maquinaria usada y Reglamento (UE) 2023/1230: qué cambia realmente a partir del 20 de enero de 2027

22/08/2026
Cada vez que se habla del Reglamento (UE) 2023/1230, la primera pregunta de quienes gestionan un parque de máquinas o comercian con equipos usados es casi siempre la misma: "¿Mis máquinas ya en uso tienen que volver a certificarse?"
La respuesta corta es no — pero con algunas excepciones importantes que conviene entender bien.

La regla básica: lo que ya estaba en circulación sigue en circulación (Art. 52)
El art. 52 del Reglamento establece un principio claro: todo lo que fue comercializado antes del 20 de enero de 2027 de conformidad con la antigua Directiva de Máquinas 2006/42/CE puede seguir circulando libremente. No se necesita una nueva certificación, no hace falta actualizar la documentación, no hay que hacer nada.
Esto también se aplica a los certificados de examen CE de tipo ya emitidos: siguen siendo válidos hasta su fecha de caducidad natural. Si un fabricante obtuvo una certificación válida hasta 2030, puede seguir produciendo y vendiendo esa máquina hasta 2030 sin tener que repetir el procedimiento con el nuevo Reglamento.
En resumen: quienes ya cumplían con la antigua directiva están protegidos.

Cinco situaciones concretas
1. Máquina ya en uso antes del 20 de enero de 2027
Si tiene una fresadora CNC en producción desde hace tres años, conforme a la Directiva 2006/42/CE, no tiene que hacer nada. Sin nueva documentación, sin nuevo marcado CE, sin visitas al organismo de certificación. La máquina sigue funcionando.
2. Máquina usada vendida después del 20 de enero de 2027
Aquí es donde mucha gente se confunde. Si una máquina fue comercializada en el mercado europeo antes del 20 de enero de 2027, puede comprarse y venderse como equipo de segunda mano incluso después de esa fecha — sin tener que cumplir con el nuevo Reglamento. El comprador la recibe, la instala y la utiliza con normalidad.
La única condición: el vendedor debe poder demostrar que la máquina fue comercializada antes del 20 de enero de 2027. Esto significa disponer y transmitir al comprador la documentación original: la declaración CE de conformidad, las instrucciones de uso y los datos de identificación de la máquina. Sin esa documentación, cualquier venta futura se complica enormemente.
3. Máquina nueva a partir del 20 de enero de 2027
Cualquier máquina nueva comercializada a partir del 20 de enero de 2027 debe cumplir íntegramente con el Reglamento 2023/1230. Sin excepciones.
4. Máquina usada importada de fuera de la UE después del 20 de enero de 2027
Este es el punto que más sorprende. Si compra una máquina usada en Japón, en Estados Unidos o en cualquier país no europeo y la importa después del 20 de enero de 2027, esa máquina nunca ha "entrado" en el mercado europeo. Por lo tanto, no está protegida por la cláusula transitoria.
Quien la importa debe tratarla como si fuera una máquina nueva: hacerla evaluar, certificar, y asegurarse de que cumple con todos los requisitos del nuevo Reglamento — independientemente del año en que fue fabricada. Es un aspecto que muchas empresas no tienen en cuenta cuando buscan oportunidades en el mercado internacional de maquinaria de segunda mano.
5. Modificación sustancial de una máquina existente
El Reglamento introduce el concepto de modificación sustancial (art. 3, ap. 16): cualquier intervención — física o digital — no prevista por el fabricante original, que crea un nuevo peligro o aumenta un riesgo ya existente. Quien realiza una modificación sustancial se convierte en el nuevo fabricante de la máquina modificada (art. 18): nueva evaluación de riesgos, nuevo expediente técnico, nueva declaración de conformidad, nuevo marcado CE.

Qué cuenta como modificación sustancial:
– sustituir o actualizar el sistema de control o el software de seguridad de forma que cambie el comportamiento de la máquina;
– aumentar significativamente la velocidad, la fuerza u otros parámetros operativos por encima de las especificaciones originales;
– añadir componentes con funciones de seguridad no previstos en el diseño original;
– cambiar el uso previsto de forma que se requieran nuevas medidas de protección.
Lo que no es una modificación sustancial: mantenimiento habitual, sustitución de piezas por componentes idénticos, actualizaciones de software que no afectan a las funciones de seguridad.

El revendedor de maquinaria usada: ¿distribuidor o fabricante?
Si vende la máquina tal como está, con la documentación original y sin intervenciones significativas, es distribuidor: obligaciones limitadas. Si interviene técnicamente de manera significativa antes de revenderla, o vende con su propia marca, se convierte en el nuevo fabricante con todas las obligaciones que ello conlleva (art. 17).

Qué hacer ahora
Tres cosas prácticas que hacer antes del 20 de enero de 2027:
1. Recopilar y organizar la documentación de cada máquina (declaraciones CE, instrucciones, datos de placa). Son la prueba de que la máquina ya cumplía con la normativa antes del Reglamento.
2. Definir un procedimiento interno para evaluar las modificaciones: cada vez que se realice un trabajo en una máquina, alguien debe poder responder a la pregunta "¿es esto una modificación sustancial?".
3. Si importa maquinaria de fuera de Europa, verificar el origen de cada compra antes de firmar. Una máquina importada después del 20 de enero de 2027 debe tratarse como nueva, independientemente del año de

Este artículo se redacta con fines informativos. Para una evaluación específica de la conformidad de su empresa con el Reglamento 2023/1230, contáctenos para una consulta personalizada.